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Sorprendentemente, cuando una de las partes había declarado que la sentencia sobre el caso de Juana Rivas por la sustracción de sus hijos probablemente se retrasaría hasta septiembre debido a la complejidad de los elementos a considerar, la Justicia, acostumbrada a la vía lenta de la reflexión, ha acelerado sus pasos para hacerla pública en el día de ayer, 27-7-18, justo el día del eclipse lunar.

A lo mejor sólo ha sido eso, y una Justicia acostumbrada a caminar por la sombras que se levantan tras la mirada cubierta, quizás se mueva mejor los días de eclipse.

El problema reside en esa circunstancia. Si alguien se mueve sin ver, todo lo que está ausente en el campo de la mirada ha de ser sustituido por el conocimiento o por la imaginación, de lo contrario los tropiezos, las dudas y las caídas están garantizados. Y cuando el conocimiento es limitado por las circunstancias de la investigación, la mayor parte del espacio es ocupado por una imaginación llena de estereotipos de una cultura que marca las referencias para que el pensamiento de sentido a la realidad.

Y esto es lo que refleja la sentencia (que sí he leído), del juicio por sustracción de menores contra Juana Rivas. El dilema que se presenta ante el caso es muy simple: “o Juana Rivas es una víctima de violencia de géneroo Juana Rivas es una mala mujer que le ha quitado los hijos al padre y lo ha denunciado falsamente”. Y la decisión ha sido fácil: Juana Rivas es una “mala mujer y una mala madre”, tal y como la cultura machista establece (no nos olvidemos de ese pequeño detalle), y como la sentencia insinúa que ocurre cuando una mujer denuncia violencia de género en los procesos de separación o cuando hay conflictos con la custodia de los hijos.

Desde esa posición, todo está claro bajo la venda de la Justicia. Si alguien muestra ante la  Justicia que la luna es de color rojo, el papel de la Justicia es averiguar por qué presenta ese color y en qué circunstancias se ha producido, no reproducir que la luna es de color rojo.

El eclipse diario sobre la violencia de género hace que la Justicia desconozca que el 73% de las mujeres que sufren violencia de género salgan de ella a través de la separación, no de la denuncia (Macroencuesta, 2015), muchas de ellas después de salir de casa con sus hijos e hijas como lo hizo Juana Rivas. Tampoco parece saber que sólo denuncia un 25-30% de las mujeres víctimas, y que muchas lo hacen en ese momento  de no poder resistir más y buscar una salida con garantías de no retorno a la violencia a través de la protección que debe dar la Administración de Justicia, algo en lo que también demuestra “zonas de eclipse” cuando un 25-30% de las mujeres asesinadas habían denunciado previamente la violencia que sufrían. Tampoco una sentencia debería cuestionar la realidad de la violencia de género en el hecho de no haberla denunciado cuando alrededor del 75% de las mujeres asesinadas han vivido con ella y nunca lo habían hecho.

Ante toda esta situación lo fácil es dudar para que sea la duda la responsable de cualquier consecuencia. ¿Se imaginan a un equipo médico que no investigara lo suficiente la posible existencia de un cáncer y dijera “in dubio pro salud”, y si luego fallece el paciente se entendiera que el problema es por la duda, no por la falta de pruebas y de estudios?

La sentencia niega la existencia de violencia de género sobre diferentes denuncias que no se han investigado, bien porque se dice que compete hacerlo a Italia, o bien porque no se le da credibilidad a la palabra y elementos de prueba que presenta Juana Rivas, en cambio, sin más investigación ni pruebas específicas sí es capaz de afirmar que es una denuncia instrumental para quedarse con los niños. Esta actitud crítica con las denuncias de Juana Rivas y el consecuente impacto en la investigación es fácil de demostrar. La Administración de Justicia española cuenta con unidades especializadas en la investigación forense de la violencia de género, y Andalucía cuenta con las que, probablemente, están más desarrolladas, son las Unidades de Valoración Integral de la Violencia de Género (UVIVG). La pregunta es directa, ¿cuántas veces han sido examinada Juana Rivas y sus hijos en la UVIVG del IML de Granada para saber si han sufrido o no violencia de genero?. La respuesta es fácil: ninguna.

¿Qué pensarían ustedes si un paciente llega a Urgencias de un hospital con un dolor precordial compatible con un problema cardiaco, y lo remitieran al servicio de neurología para ver si está relacionado con un problema cerebral?, los dos servicios son servicios médicos y pertenecientes al sistema sanitario, pero ¿dirían que hay interés en aclarar el origen del dolor en el pecho?

Pues la decisión sobre si hay o no violencia de género la sentencia la basa en el estudio que realiza un equipo psicosocial de familia, y rechazando las referencias explícitas a la violencia y sus consecuencias, entre ellas la existencia de un cuadro de Estrés Postraumático, que hacen equipos especializados de organismos públicos.

No es admisible que se diga que no hay violencia sin investigar lo suficiente si hay violencia, y que luego esa falta de conocimiento derivada de un estudio parcial se utilice para justificar que no hay violencia.

Tomar las declaraciones de Juana Rivas como no creíbles sin adoptar medios para aclararlas en profundidad, descartar informes públicos que sí hablan de violencia de género, utilizar las situaciones compatibles con la violencia (aislamiento, indefensión, depresión, sentimiento de culpa, impotencia, sensación de que no hay salida…), para decir que no hay violencia porque no se denunció antes, afirmar que nunca se comunicó nada sobre su situación, cuando sí se hizo en los Servicios Sociales de Carloforte y en Maracena, y cuando, como hemos comentado, es una actitud seguida por la mayoría de las víctimas, demuestra una importante distancia a la realidad que se pretende juzgar.

Y como decíamos antes, lo que no sea conocimiento sobre el caso serán estereotipos de una cultura al acecho, que aprovecha la mínima ocasión para lanzarlos sobre la realidad cada vez que esta transcurre por el desfiladero del análisis. Sólo hay que detenerse en la forma en que la sentencia describe lo que es un maltratador, dice: “…suelen ser personas de mente atávica y primigenia, con escasos mecanismos de autocontrol y empatía, que contagian todo su entorno con un hábito de causar daño que no pueden controlar…”Si esas son las referencias para identificar a un maltratador, queda claro que ni la expareja de Juana Rivas ni la inmensa mayoría de los hombres lo son, pues dicha idea corresponde con un estereotipo ajeno a la realidad.

El eclipse sobre el caso es total y sólo las sombras más pronunciadas se perciben, pero los diferentes profesionales que intervienen en los casos de violencia de género, que son quienes  deben aclarar la conducta y el comportamiento de las víctimas, están para poner luz, no para esconderse entre los claroscuros. Una sociedad moderna no necesita que los jueces y los profesionales nos den su opinión, sino que impartan justicia, como la Medicina necesita que  sus profesionales curen a las personas, no que opinen sobre si deberían haber comido más  o menos grasas o tomar más o menos azúcar.

Y una duda, ¿por qué si la violencia de género sucedió e Italia, lo mismo que la sustracción de menores, esta se juzga aquí y la violencia en Italia?.

La sociedad debe mirar al cielo en busca de soluciones y con la esperanza de encontrarlas, no para ver las sombras de un eclipse.

 

*(Del Blob Autopsia, de Mguel Lorente Acosta, autorizado por el autor para enjaendonderesisto)

 

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