Por ANTONIO MARTÍN MESA / De entrada he de señalar que la literatura económica no es concluyente a este respecto. Por una parte, puede tener efectos positivos, puesto que el incremento salarial permite aumentar el consumo privado y, a través de él, hacer que suba la demanda agregada y, en última instancia, el PIB, además de inducir una mayor recaudación de cuotas de la Seguridad Social y, lógicamente, ayudar a paliar el déficit del sistema. Los efectos negativos, por otra parte, también son evidentes, puesto que el mayor salario puede desincentivar la contratación e, incluso, destruir empleo en aquellas empresas que no puedan hacer frente a los nuevos salarios. En este caso, se compensarán los efectos positivos que sobre el consumo privado pudieran tener los incrementos salariales realmente habidos.
Según el propio Estatuto de los Trabajadores, la revisión anual de los salarios se debe llevar a cabo tomando en consideración la evolución del IPC, la productividad media nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general. Es evidente que en esta ocasión nada de ello se ha tenido en cuenta, ya que el IPC se ha incrementado un 1,2 por 100 en 2018, la productividad no ha crecido ni de lejos a la tasa en que se ha subido el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y la coyuntura económica está en un proceso de desaceleración más que evidente, con tasas negativas ya en algunos países (Alemania e Italia) y con “nubarrones” en el horizonte inmediato (véase mi colaboración en este blog del pasado 16 de noviembre de 2018).
La subida del salario mínimo hasta los 900 euros mensuales supone un incremento de nada menos que un 22,3 por 100, el mayor desde 1977. Han sido muchos los organismos e instituciones que han realizado serias advertencias sobre los efectos negativos de una medida como ésta sobre el empleo, entre los que se encuentran la Comisión Europea, el Banco de España y la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF).
El Banco de España avisa que el incremento del salario mínimo tendrá, por sí solo, un impacto alcista significativo sobre la inflación, así como que se podría reducir en tres décimas la previsión de creación de empleo en 2019. En esta línea la AIReF estima que la creación de empleo se moderará en 40.000 personas en 2019. El propio Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granados, ha asegurado que el alza del SMI puede restringir la creación de empleo en algunos sectores, como el agrario, los servicios, el comercio minorista y los empleados del hogar.
En España había, al finalizar 2018, 19.564.000 ocupados, de los cuales la Tesorería General de la Seguridad Social estima que el incremento del SMI beneficiará a 1.327.054, es decir, el 6,8 por 100 del total. Ahora bien, si se toma en consideración que, además del 22,3 por 100 de subida salarial, las bases de cotización a la Seguridad Social subirán desde la mínima de 858,6 euros mensuales de 2018 hasta 1.050 en 2019, ello puede suponer para determinadas empresas un coste inasumible, que les lleve a no realizar nuevas contrataciones, reducir plantilla o disminuir la jornada laboral. En este caso, los más perjudicados serán los colectivos más vulnerables: jóvenes, mujeres, extranjeros, contratos temporales, trabajadores menos cualificados, etc. Por su parte, las empresas que se verán afectadas en mayor medida serán las de menor tamaño (pymes), las no exportadoras, aquellas en que las relaciones laborales no se regulan por convenio colectivo, etc.
No obstante, también hay quien argumenta que esta subida del SMI responde a la mejora de la economía experimentada durante estos últimos años, a demandas de la sociedad relativas a la precariedad de la actual contratación laboral, así como a la necesidad de cumplir la Carta Social Europea, que establece que el salario mínimo de los Estados que pertenecen a la Unión Europea debería ser, al menos, el 60 por 100 del salario medio.
En suma, concluyo como empecé, no está clara la repercusión que en la economía tendrá esta subida, pero sí que los efectos negativos pueden recaer en los colectivos a los que se pretende beneficiar.