Por ANTONIO MARTÍN MESA / En la Unión Europea son cada día más las voces que se pronuncian sobre la necesaria y urgente armonización fiscal de los países de la Eurozona o, lo que es lo mismo, la necesidad de avanzar hacia la Unión Fiscal. Está más que demostrada la difícil viabilidad de una Unión Económica y Monetaria, sólo apoyada en la Unión Monetaria y con sistemas fiscales claramente diferentes y faltos de una imprescindible armonización.
Así, por ejemplo, nos encontramos con que en algunos países el tipo normal del IVA es del 25 por 100 (Dinamarca, Croacia o Suecia) e, incluso, del 27 por 100 (Hungría), mientras que es del 17 por 100 en Luxemburgo o del 19 por 100 en Alemania. Si nos fijamos en el Impuesto sobre Sociedades, el tipo estándar fluctúa desde el 10 por 100 de Bulgaria o el 12,5 de Chipre, hasta el 33,3 por 100 de Francia o el 30 por 100 de Alemania, ello al margen de las reducciones y bonificaciones muy diferentes que se aplican en los distintos países. Si nos detenemos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, encontramos también grandes disparidades, por ejemplo, el tipo impositivo sobre las rentas del trabajo fluctúa desde el 59 por 100 de Dinamarca, el 55 de Austria o el 45 por 100 de Alemania, hasta el 10 de Bulgaria o el 25 por 100 de Eslovaquia.
Realmente, esta nula armonización fiscal constituye un impedimento para avanzar en la Unión Económica y Monetaria, además de un elemento de competencia desleal y de alimentación de “paraísos fiscales” en unos países que tienen la vocación de avanzar juntos en la creación de una verdadera Unión Europea. La gravedad del tema es, obviamente, aún mayor cuando esta falta de armonización se produce entre las diferentes comunidades autónomas de un mismo país, tal y como es el caso de España con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Recordemos, a este respecto, que la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), promulgada en 1980, cedía a las comunidades autónomas, como financiación incondicionada, entre otros tributos el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En 2012, además, se ampliaron las posibilidades normativas y reducciones en las bases imponibles, con plena autonomía, a los gobiernos regionales.
La heterogeneidad de las comunidades es espectacular, tanto por lo que se refiere a mínimos exentos, tipos impositivos, bonificaciones y reducciones. Me hago eco aquí de un magnífico trabajo periodístico publicado en el Diario Ideal del pasado 22 de enero de 2017, en el que se tomaba un teórico ejemplo de un viudo que dejaba en herencia a sus dos hijos un patrimonio de 850.000 euros. Pues bien, la aplicación del Impuesto sobre Sucesiones le obligaría a pagar al fisco autonómico 750 euros si residía en el País Vasco, 1.673 si era residente en Madrid, 2.500 si vivía en Galicia, 4.514 en Cataluña, 16.742 en Extremadura, 33.484 en Castilla La Mancha, 83.914 en Murcia y, horror, 167.829 euros si el testador reside en Andalucía.
No, no es de recibo, esta desigualdad entre españoles a la hora de pagar el Impuesto sobre Sucesiones y, aún lo es menos, si tenemos en cuenta que es una herencia de padres a hijos y, aún más injusto, si consideramos que las rentas que generaron en su día ese patrimonio ya tributaron en un sistema fiscal progresivo, tal y como es el vigente en nuestro país.
Es urgente armonizar el sistema fiscal, no incentivar la “emigración fiscal” de unas comunidades a otras para eludir presiones fiscales claramente confiscatorias. Además, en el mencionado impuesto se requiere que esta armonización se haga claramente a la baja, para que no ejerza como elemento desincentivador del ahorro en las clases medias.
Soy, como no podría ser de otra forma, claramente partidario de un sistema fiscal progresivo, que permita edificar el Estado del Bienestar en España (educación, sanidad y prestaciones sociales de calidad, públicas y al alcance de toda la población), así como un adecuado nivel de infraestructuras que hagan eficiente y competitivo a nuestro sistema productivo. Ahora bien, en el caso del “injusto” Impuesto sobre Sucesiones se requiere una modificación y armonización urgentes.